SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0255/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0255/2013

Fecha: 08-Mar-2013

a)

El accionante, ratificó in extenso su memorial de demanda, mediante su abogado, amplió la presente acción manifestando que: a) Se remitió el proceso a Riberalta por excusa del Juez que tuvo conocimiento de la causa; asimismo, se realizaron las notificaciones para la audiencia de cesación a la detención preventiva de 30 de diciembre de 2011, mediante Notario de Fe Pública, por el hecho de que ningún policía quiso realizar dicha diligencia; b) El demandado indicó que no existía vehículo para trasladarlo a Riberalta y cómo es que él, se trasladó para entregar un informe con el propósito de suspender la audiencia, actitud maliciosa que provocó retardación y restricción de su solicitud de cesación a la detención preventiva; y, c) Además, es de conocimiento del Director de la Carceleta Las Palmas, que sus familiares iban a correr con los gastos del traslado.