SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0275/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0275/2013

Fecha: 13-Mar-2013

III.2.2. Sobre la determinación de no pago de salarios

El Juez Sumariante dispuso el no pago de salarios de enero, febrero y marzo, decisión que se mantuvo en el recurso de revocatoria y jerárquico, ahora bien, se tiene que ésta medida no es una sanción emergente del proceso sumario administrativo, sino una consecuencia jurídica de la ausencia a su fuente laboral, valoración que en general y en este caso correspondía al Jefe de Recursos Humanos (DD.HH.), ya que éste tiene la competencia para verificar y ponderar los días trabajados ello en razón a que la destitución no opera de manera retroactiva por lo que tampoco se observa sobre esta temática la suficiente coherencia interna de la resolución y con los otros casos similares resueltos por el propio Sumariante.