SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0282/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0282/2013

Fecha: 13-Mar-2013

Fragmento 18

           De lo glosado precedentemente, se hace patente la voluntad del Constituyente de velar por las personas con capacidad diferente, que demanda especial protección debido a su situación de profunda desventaja frente al común de la población, debido a sus propias limitaciones derivadas de las deficiencias de sus funciones físicas, psíquicas, intelectuales y/o sensoriales de las que padecen, lo que en muchos casos les imposibilita en igualdad de condiciones, aspectos que obligan al Estado en todos sus niveles a adoptar medidas que en la búsqueda del "vivir bien" reivindiquen los derechos de estas personas y les permitan su plena inclusión a la sociedad y el Estado.