Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0282/2013
Fecha: 13-Mar-2013
II.3.
II.3. El 1 de enero de 2012, el contrato de trabajo a plazo fijo, del mes señalado al 31 de diciembre del año referido, entre el Alcalde Municipal de Santa Ana de Yacuma, representado por Gustavo Humberto Antelo Chávez como empleador y Celsa Amblo Yomeye, en su condición de servidora pública en la Unidad de Promoción de Desarrollo Económico Local de dicha institución (fs. 2 a 4).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Sobre el debido proceso
- III.3. Derecho al trabajo y la inamovilidad laboral
- III.4. Sobre el principio ético morales del "vivir bien", con relación a la destitución
- III.5. Excepción al principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional cuando se trate de personas con capacidades diferentes
- III.6. sobre los derechos fundamentales de las personas con capacidades diferentes
- Fragmento 18
- III.7. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR