SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0285/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0285/2013

Fecha: 13-Mar-2013

concedió

Los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, pronunciaron la Resolución de 15 de junio de 2012, cursante de fs. 35 vta. a 37 vta., concedió la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: a) Cuando se trate de la libertad bajo la aplicación de medidas sustitutivas, no se debe poner la medida restrictiva del cumplimiento de una fianza, a menos que la libertad hubiese sido adquirida a través de la cesación a la detención preventiva, en segunda instancia; b) En el presente caso, la libertad se la adquiere luego que el Tribunal de alzada resuelve revocar la resolución del juez inferior que en audiencia de medida cautelar dispuso la detención preventiva del imputado y otorgó la libertad bajo medidas sustitutivas, por lo que debe aplicarse la libertad de forma inmediata; c) Los demandados incurrieron en la restricción al derecho de la libertad cuando condicionaron el pago de fianza establecida en Bs.60 000.- (sesenta mil bolivianos) para obtener una libertad ya ordenada, y, d) La fianza impuesta debe ser cumplida por el accionante por cuanto así dispuso la autoridad competente, pero la condición de la libertad es de cumplimiento inmediato, rápido y de establecer condicionantes se vulnera el derecho a la libertad.