Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0285/2013
Fecha: 13-Mar-2013
II.2.
II.2. El 12 de junio de 2012, se realizó la audiencia de apelación de medida cautelar, donde la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, revocó la Resolución de 1 del mencionado mes y año emitido por el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal, disponiendo la libertad del representado del accionante, bajo la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva (fs. 81 a 89).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1.La Constitución Política del Estado y los derechos a la libertad personal y a la vida.
- III.1.2. De la acción de libertad
- III.2.1. Las medidas cautelares de carácter personal
- III.2.2.El recurso de apelación incidental contra decisiones que resuelvan consideraciones de medidas cautelares
- III.2.3.Cesacion de la detención preventiva ante la existencia de nuevos elementos de valor
- III.3.Sobre la imposición de medidas sustitutivas a la detención preventiva y su cumplimiento
- por cuanto el encausado no estuvo privado de su libertad sino que al haber prestado su declaración indagatoria,
- de acuerdo a los antecedentes que informan el proceso, definiendo así la situación jurídica del imputado;
- III.5.Análisis del caso concreto
- APROBAR