Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0286/2013
Fecha: 13-Mar-2013
I.1.2. Trámite procesal de la acción y Resolución de la autoridad Consultante
Mediante Resolución 544/12 de 8 de agosto de 2012 (fs. 67 y vta.), el Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, rechazó la acción de inconstitucionalidad concreta, argumentando que el accionante “no tiene la legitimación activa suficiente para presentar la acción” (sic); y, dispuso se remitan antecedentes ante el Tribunal Constitucional Plurinacional.
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1. Contenido de la acción
- I.1.2. Trámite procesal de la acción y Resolución de la autoridad Consultante
- revocó
- a)
- III.
- II.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El control de constitucionalidad y la acción de inconstitucionalidad en lo concreto
- III.2. Sobre el proceso de arbitraje
- El laudo arbitral
- Consentido o ejecutoriado el laudo y vencido el plazo fijado para su cumplimiento, la parte interesada podrá solicitar su ejecución forzosa ante la autoridad judicial competente del lugar donde se haya dictado el laudo
- III.3 Análisis de la problemática planteada
- de una de las partes
- Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.