SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0293/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0293/2013

Fecha: 13-Mar-2013

II.2.

II.2.  Mediante nota “E.L.A.P.A.S. GC 130/12” de 20 de septiembre de 2012, el Gerente General y la Gerente Comercial de ELAPAS, notificaron a José Daniel Solares Sánchez, para que cancele la suma de Bs27 146.- (veintisiete mil ciento cuarenta y seis bolivianos), por concepto de prestación del servicio correspondiente a los meses de junio a septiembre, mismo que se encuentra en mora, por lo que la empresa está facultada para proceder con el corte del suministro de agua. Asimismo, se le hace notar que en los registros de la empresa, no se ha hecho el cambio de nombre a los propietarios del condominio, ni se tiene notificada Directiva alguna y menos acreditado un administrador (fs. 13).