SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0307/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0307/2013

Fecha: 17-Mar-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro de un proceso ordinario de restitución de inmueble, orden de desapoderamiento, daños y perjuicios, seguido por la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Francisco Ltda. en su contra, se pronunció la Sentencia 19/11 de 21 de octubre de 2011, por la cual se declaró probada en parte la demanda de restitución del inmueble con orden de desalojo, sin lugar al resarcimiento de daños y perjuicios, e improbada la demanda reconvencional de usucapión decenal; por lo que, contra la misma, interpuso el respectivo recurso de apelación, el cual fue resuelto por la Sala Civil Primera mediante Auto de Vista 44/2012 de 14 de febrero, determinando revocar parcialmente la Sentencia, declarando probada la demanda reconvencional por usucapión decenal e improbada la demanda principal.

Contra el mencionado fallo, el demandante interpuso recurso de casación en el fondo; habiéndose resuelto el mismo por Auto Supremo 146/2012 de 6 de junio, el cual dispuso casar el Auto de Vista 44/2012, manteniendo vigente la Sentencia de primera instancia, con la única modificación de que la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Francisco Ltda., deberá devolver a favor del demandado el importe de las mejoras introducidas en el inmueble objeto del litigio.

El referido Auto Supremo, a decir del accionante, se constituye en un acto jurisdiccional que suprime y lesiona sus derechos fundamentales; ya que, por un lado, carece de fundamentación y “construcción congruente y objetiva para determinar los hechos” (sic); y por otro, ha realizado una interpretación “sesgada y reduccionista” de la Constitución Política del Estado y del Código Civil; por lo que, solicita se dicte un nuevo auto supremo que realice una interpretación adecuada de las normas aplicables al caso concreto.