SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0314/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0314/2013

Fecha: 18-Mar-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En reiteradas oportunidades ha solicitado a la autoridad demandada disponga audiencia de consideración de cesación a la detención preventiva; sin embargo, la Jueza de la causa encargada del control jurisdiccional, no habría dado respuesta a sus peticiones, incumpliendo lo prescrito por el art. 132.I del Código de Procedimiento Penal (CPP) respecto al señalamiento inmediato de audiencia, situación que retarda indebidamente la solución a su pedido, lo que lesiona su derecho ambulatorio y el debido proceso.