SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0324/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0324/2013

Fecha: 18-Mar-2013

Fragmento 26

En lo que se refiere al plazo para la interposición del recurso de revocatoria dentro de un proceso administrativo, el DS. 23318-A de 3 de noviembre de 1992, que aprueba el Reglamento por la Función Pública, modificado por el DS 26237 en su art. 22.d señala: ”Tres días hábiles a partir de su notificación, para que el procesado interponga recursos de revocatoria en contra de la resolución emitida por el sumariante”.