SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0355/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0355/2013

Fecha: 20-Mar-2013

Fragmento 16

           En efecto, se tiene que las disposiciones legales impugnadas, establecen precisamente la competencia de las Salas del entonces Tribunal Agrario Nacional, ahora Tribunal Agroambiental, para conocer y resolver, en única instancia, las demandas de nulidad y anulabilidad de títulos ejecutoriales (art. 36.2 de la LSNRA. El art. 50 de la misma Ley, por su parte, en sus parágrafos I al VII, igualmente cuestionados por supuesta inconstitucionalidad, prevén los casos en los cuales los títulos ejecutoriales se encuentran viciados de nulidad absoluta; los efectos de la declaratoria de nulidad; los casos en que es posible adquirir esa propiedad declarada nula; la previsión respecto a las hipotecas y gravámenes a que estuvieren sujetas; los casos en los cuales los títulos ejecutoriales se encuentran viciados de nulidad relativa y su posibilidad de subsanación; ratificando finalmente la competencia del Tribunal Agrario Nacional para declarar la nulidad absoluta y convalidación de títulos ejecutoriales y declarar la nulidad relativa de los mismos.