SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0397/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0397/2013

Fecha: 27-Mar-2013

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante alega la vulneración del derecho al debido proceso por cuanto la autoridad demandada señaló audiencia conclusiva fuera de los plazos establecidos en el art. 325 del CPP, así como rechazó el recurso de reposición interpuesto contra el mencionado señalamiento de audiencia. En revisión, corresponde dilucidar si los hechos expuestos por el accionante son evidentes y si constituye acto ilegal que vulneró las garantías constitucionales, con la finalidad de conceder o denegar la tutela solicitada.