SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0417/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0417/2013

Fecha: 27-Mar-2013

denegó

Concluida la audiencia, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 34/2012 de 7 de diciembre, cursante de fs. 199 a 200, por la que denegó la tutela de amparo solicitado, con los siguientes fundamentos: a) No se puede considerar vulneración al derecho de trabajo del accionante, cuando el mismo está ejerciendo su profesión plenamente; b) Ninguna autoridad está obligada a esperar que el accionante se desocupe, bajo pena de incurrir en incumplimiento de deberes; c) La supuesta vulneración a su derecho al trabajo no es cierta y sólo es producto de una excesiva susceptibilidad, pues esa facultad o derecho de ejercer la abogacía lo está ejerciendo a plenitud sin ningún impedimento; y, c) La Jueza Iris Justiniano fue atendida por otro profesional abogado y puesta en libertad por el juez que atendió la causa y no existió ninguna vulneración al derechos al trabajo del accionante.