Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0417/2013
Fecha: 27-Mar-2013
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
Rose Marie Barrientos Ruiz, Fiscal de materia de la Unidad de Anticorrupción del departamento de Santa Cruz, en audiencia manifestó que no vulneró el derecho al trabajo del demandante y, no habiéndose hecho presente en la audiencia el accionante, pidió se “rechace” el “recurso” de amparo constitucional solicitado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la demanda
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. La defensa técnica en procesos penales
- En caso de inasistencia se fijara nueva audiencia para el día siguiente, procediéndose a su citación formal; si no compareciera, se designará inmediatamente a otro, sin perjuicio de las sanciones que correspondan”
- III.4. Sobre el derecho al trabajo
- III.5. Análisis del caso concreto
- pidiendo se reciba su declaración,
- III.6. Otras consideraciones
- CONFIRMAR