SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0417/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0417/2013

Fecha: 27-Mar-2013

I.1.1. Hechos que motivan la demanda

Iris Justiniano mediante memorial de 26 de octubre de 2012, se apersonó en forma espontánea, ante el Fiscal de materia Anticorrupción, dentro la denuncia por la presunta comisión de los delitos de resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes e incumplimiento de deberes, seguido por el Ministerio Público en su contra; en el “otrosí 1” de dicho memorial, solicitó tomar en cuenta que para el señalamiento de audiencia su abogado (ahora accionante) se ausentaría a la ciudad de Tarija para atender otro proceso desde el 29 de octubre de 2012 hasta el 1 de noviembre del referido año, no obstante por Resolución Fiscal de 26 de octubre del mismo año suscrita por los fiscales ahora demandados resolvieron “Se tiene presente, sin embargo la defensa técnica es amplia y existiendo otros abogados en esta ciudad, inclusive su esposo Luis Andrés Ritter Zamora a quien nombre su persona en el memorial que antecede, no es atendible su solicitud en cuanto a los días peticionados” (sic), señalando audiencia para el 29 de octubre de igual año, a horas “15:30 a.m.”.