Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0417/2013
Fecha: 27-Mar-2013
II.3.
II.3. El 29 de octubre de 2012, Erick Donoso Zambrana Notario de Fe Pública de Primera Clase 9 de Tarija, señaló que Otto Andrés Ritter Méndez, se encontraba en esa ciudad, en calidad de abogado patrocinarte, dentro del caso conocido como terrorismo, cuyo juicio oral se lleva a cabo en el Salón de Audiencia ubicado en el Tribunal Departamental de Justicia (fs. 116).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la demanda
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. La defensa técnica en procesos penales
- En caso de inasistencia se fijara nueva audiencia para el día siguiente, procediéndose a su citación formal; si no compareciera, se designará inmediatamente a otro, sin perjuicio de las sanciones que correspondan”
- III.4. Sobre el derecho al trabajo
- III.5. Análisis del caso concreto
- pidiendo se reciba su declaración,
- III.6. Otras consideraciones
- CONFIRMAR