Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0420/2013
Fecha: 27-Mar-2013
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
David Añez Ali, abogado y apoderado del accionante ratificó los términos expuestos en su memorial de acción de amparo constitucional y amplió los mismos señalando que el Juez por Resolución de 15 de mayo de 2009, ordenó la partición y división de $us10 424,73.- (diez mil cuatrocientos veinticuatro 73/100 dólares estadounidenses) y la demandada, dentro del proceso de divorcio no la objetó sino que planteó una apelación sobre las mejoras de un bien inmueble a dividirse, adquiriendo ejecutoria el 7 de junio de 2009 y después de dos años solicitó se incluya en la partición la cantidad de $us98 411,62.- que supuestamente habrían sido retirados, por su representado antes de interponerse la demanda.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Debido proceso: entendimiento y alcance
- III.2. El debido proceso y la motivación de las resoluciones judiciales
- 1)
- i)
- c)
- desde el momento de su celebración
- REVOCAR