SCP: 0221/2013-L de 8 de abril
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SCP: 0221/2013-L de 8 de abril

Fecha: 08-Abr-2013

f)

f) Mediante informe de 20 de mayo de 2011, dirigido al Director de la FELCC de “Pampa de la Isla”, el Investigador asignado al caso señaló que se constituyó al lugar de los hechos, el 19 de mayo del año referido, y verificó en el manzano 14, que en los lotes 1 al 8 existían asentamientos, que no había alambrados, ni postes y que habiéndose contactado con una de las comerciantes les pidió que se retiren del lugar bajo amenaza de llamar a los demás comerciantes. (fs. 79 a 82); y, g) Si bien en el memorial de demanda ordinaria de expropiación, los demandados refieren que se encuentran en posesión del terreno, no es menos cierto que esa manifestación por sí sola no refiere la existencia de vías de hecho ni de actos de violencia (fs. 100 a 104).

Evidenciándose que las supuestas vías de hecho no fueron constatadas el 7 de abril de 2011, sino que se pretende tomar en cuenta actuados en base a informes posteriores a los hechos, concretamente después de casi dos meses, en los que no se refiere contundentemente que el 7 de abril de 2011, se produjeron hechos violentos que configuren las vías de hecho por las que se activa la tutela constitucional, por ello no señalan con evidencia de qué modo se produjeron los mismos.