SCP: 0221/2013-L de 8 de abril
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SCP: 0221/2013-L de 8 de abril

Fecha: 08-Abr-2013

siempre que esta cumpla una función social

El derecho a la propiedad se encuentra garantizado en los  arts. 14.III y 56.I de la CPE, que establecen: “Toda persona tiene derecho a la propiedad privada individual y colectiva, siempre que esta cumpla una función social”; mismo que es reconocido por el art. 21 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, que conforma el bloque de constitucionalidad.