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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0160/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0160/2013-L

    Fecha: 02-Abr-2013

    I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

    El accionante señala lesionados sus derechos a la defensa, a la “seguridad jurídica” y al debido proceso, citando al efecto los arts. 115, 116 y 117 de la Constitución Política del Estado (CPE); y 8.1, 11 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 14.3.c) y 17 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • 1)
    • denegó
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Sobre la naturaleza jurídica de la acción de
    • protección
    • III.3.  En cuanto a los derechos al debido proceso y a la defensa
    • Asimismo, cabe señalar que la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo, pudiendo ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiéndose expresar las convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
    • “un total estado de indefensión” al desconocer con certeza los hechos por los cuáles será acusado, ni la prueba que existe en su contra
    • III.6.  Otras consideraciones

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