Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0174/2013-L
Fecha: 02-Abr-2013
II.3.
II.3. Denuncia por violación a fuero sindical de 11 de marzo de 2011, ante el Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, que efectúa el Comité Ejecutivo Nacional de la Confederación de Trabajadores en Construcción de Bolivia, sobre la situación de Mirtha Carolina Morales Vásquez (fs. 65). Informe Técnico, Inf. No. De Trámite 1363/11 de 15 de marzo de 2011; en el que el Técnico “D.G.A.S.” de la Dirección General de Asuntos Sindicales, concluye que la referida denuncia debe ser remitida a la Jefatura Departamental de Trabajo, para garantizar la defensa de derechos sindicales (fs. 69 a 70).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la naturaleza jurídica de la acción de
- protección
- III.3.
- únicamente podrá ser impugnada en la vía judicial
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR