Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0185/2013-L
Fecha: 08-Abr-2013
1)
Consideran lesionados: 1) El derecho a la estabilidad laboral de Mauricio Aguirre Mendoza, citando al efecto los arts. 46.I.2, 48.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 2) Acerca del accionante Carlos Andrés Quezada Gorena, el derecho a la inamovilidad laboral, como padre progenitor de una niña menor a un año, citando al efecto los arts. 46, 48 y 60 de la CPE.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III.1. La acción de amparo constitucional: Naturaleza jurídica y alcance
- III.2. Derecho al trabajo y la estabilidad laboral
- III.3. Sobre la estabilidad laboral de los progenitores del concebido o niños menores de un año
- III.4.
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR