Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0185/2013-L
Fecha: 08-Abr-2013
II.9.
II.9. Consta Conminatoria de 17 de mayo de 2011, emitida por la Jefatura Departamental de Trabajo de Potosí, que instruyó a Antonio Pardo Guevara de la Empresa SERMINCO, la inmediata reincorporación del accionante Mauricio Aguirre Mendoza, donde se señala que se comprobó su despido injustificado, no habiéndose constatado causal de despido enmarcada en los arts. 16 de la LGT y 9 de su Reglamento, dentro del marco del Decreto Supremo (DS) 0495 de 1 de mayo de 2010 y del art. 10.III del DS 28699 de 1 de mayo de 2006 (fs. 82).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III.1. La acción de amparo constitucional: Naturaleza jurídica y alcance
- III.2. Derecho al trabajo y la estabilidad laboral
- III.3. Sobre la estabilidad laboral de los progenitores del concebido o niños menores de un año
- III.4.
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR