SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0189/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0189/2013-L

Fecha: 08-Abr-2013

Artículo 54.- (Responsabilidad por la función pública)

Todo Servidor (funcionario) Público de la Prefectura del Departamento, tiene el deber de desempeñar sus funciones, con responsabilidad, eficiencia, transparencia y eficacia, conforme establece y dispuesto por  la Ley 2027, Estatuto del Funcionario Público; Título I, Capítulo IV; art. 16; (Responsabilidad para la función pública).

1.  Para efectos de la función pública: En el desempeño de sus funciones, deberá responder con resultados verificables; sobre el desarrollo y cumplimiento de sus atribuciones del cargo. Para el efecto de la Función Pública, se determina su responsabilidad; tomando en cuenta los resultados de la Acción u Omisión, regulado por la Ley 1178 y disposiciones reglamentarias.