SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0215/2013-L
Fecha: 08-Abr-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, denunció la vulneración de su derecho a la petición, al debido proceso, a la defensa, a ejercer la función pública y al trabajo, por cuanto el Concejo Municipal del Gobierno Autónomo de “El Puente”, mediante dos resoluciones municipales, impuso la suspensión de sus funciones como máxima autoridad ejecutiva, electa, violentando el procedimiento previsto por los arts. 128.II, 144 y 145 de la LMAD; toda vez que, sin que exista una acusación formal, como exige la norma, mediante Resolución Municipal 017/2011, le retiró su confianza, exigiéndole que renuncie; y, posteriormente, emitió la Resolución Municipal 19/2011, disponiendo la designación de un Alcalde interino, que recayó en la persona del Presidente del Concejo Municipal, Alejandro Lima Canaviri. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- “procedente”
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El derecho de petición
- III.3. Sobre el debido proceso
- III.4. Respecto al derecho a ejercer funciones públicas
- Fragmento 17
- III.5. El derecho al trabajo
- III.6. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- CONFIRMAR en parte