SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0258/2013-L
Fecha: 25-Abr-2013
II.3.
II.3. Mediante memorial de 9 de agosto de 2011, Lilian Ferrufino Rodríguez, Fiscal de Materia, solicitó al Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal, extinción de la acción por reparación integral del daño, arguyendo que las partes conciliaron, basando su petitorio en los arts. 27 inc. 6) y 308 inc. 4) del CPP, refiere en el otrosí que adjunta el documento transaccional así como el memorial de desistimiento (que no cursan en obrados) (fs. 3 a 4); proveído de 11 de agosto de 2011, por el cual, el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal -ahora demandado- en suplencia legal de su homólogo Séptimo, corrió traslado a las partes para que contesten a tercero día, invocando el art. 314 del CPP (fs. 4 vta.).
- acción de libertad
- a)
- d)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- o indebidamente procesada.
- Acto y omisión que constituya procesamiento indebido;
- cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión,
- III.3. Análisis del caso concreto
- 5)
- CONFIRMAR