Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0271/2013-L
Fecha: 25-Abr-2013
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Liquidadora Transitoria, en virtud de lo previsto en el art. 20.II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011; en revisión, resuelve CONFIRMAR la Resolución “06-11” de 6 de agosto de 2011, cursante de fs. 20 a 26 vta., pronunciada por el Juez Octavo de Sentencia Penal del Distrito Judicial -ahora departamento- de Santa Cruz; y, en consecuencia CONCEDER la tutela solicitada, en los mismos términos del Juez de garantías.
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. De la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.3. El principio de celeridad debe concretarse en los trámites de solicitud de cesación a la detención preventiva
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR