SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0282/2013-L
Fecha: 30-Abr-2013
a)
La accionante, por medio de su abogada, ratificó in extenso los argumentos de su demanda tutelar y amplió puntualizando: a) “La Sra. Primitiva” (sic) vive con su hijo menor de edad que “… no quería ir al colegio por terror a encontrar a estas personas que directamente no actúan son autores mediatos actuando a través de los demás asentados…” (sic); b) Se vulneró el derecho fundamental a la vida, por lo que tuvo que recluirse en su habitación para precautelar su vida y la de su hijo; y, c) Existe un menor de edad que vive en condiciones precarias con el temor de perder la vida, recibió amenazas verbales y amedrentamientos en sentido de que destruirían su vivienda, los quemarían vivos, hechos constituidos en “coacción psicológica”, razón por lo que el menor no quiere ir al colegio, viviendo atemorizado por tanta violencia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- Fragmento 11
- III.2. La falta de prueba en la acción de libertad, se constituye en causal de improcedencia ante la incertidumbre de lesión al derecho a la libertad
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- la tutela de la vida, la restitución del derecho a la libertad, la reparación de los defectos legales, el cese de la persecución indebida