SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0283/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0283/2013-L

Fecha: 30-Abr-2013

denegó

Mediante Resolución 55/2011 de 13 de agosto, cursante de fs. 56 a 57, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de La Paz, constituido en Tribunal de garantías denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: a) La acción de libertad se basa en el hecho de que el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial -ahora departamento- de La Paz, señaló audiencia conclusiva en la ciudad de Cochabamba a la que supuestamente no podrá asistir el accionante en virtud a certificado médico forense, mismo que no recomienda el asenso a lugares de más de 2000 metros sobre el nivel del mar por riesgos de complicaciones de salud; b) Que al finalizar una investigación debe verificarse una audiencia conclusiva en virtud al saneamiento procesal, circunstancia que no puede suspenderse de manera indefinida porque atentaría contra derechos procesales y constitucionales de otras personas involucradas en el  proceso; c) El proceso penal se encuentra radicado en la ciudad de La Paz y por cuestiones de salud de varios imputados se dispuso efectuar la audiencia conclusiva en la ciudad de Cochabamba; por lo que se está respetando el derecho constitucional a la vida y a la salud del accionante, mas aún si el mismo puede ser trasladado en la silla de ruedas que utiliza para desplazarse y se pueden tomar precauciones médicas necesarias como ser el auxilio de oxígeno suplementario, de modo que su salud no se vea afectada; y, d) Este tribunal no puede tomar una determinación por cuanto existe una anterior acción de libertad que se encuentra en revisión ante el Tribunal Constitucional por el mismo hecho.