SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0448/2013
Fecha: 09-Abr-2013
a)
Juana Abán Velásquez, Jueza del Tribunal precedentemente citado, en informe de fs. 191 a 193, afirmó lo que sigue: a) El juicio oral llevado a cabo contra el accionante, duró dos meses y se encontraba registrado por la anterior Secretaria del Tribunal a su cargo; b) Su autoridad tomó nota de todo cuanto se dijo en la audiencia, apuntes que también llevó consigo la referida funcionaria y pese a las exigencias realizadas, nunca entregó el acta de registro de juicio; c) Se la denunció ante la instancia competente, puesto que no solamente omitió elaborar el acta, sino hizo desaparecer todos los registros del juicio que se tomaron en la audiencia, así como los decretos que ambos Jueces Técnicos emitieron en varias ocasiones, se llevó la grabadora del Tribunal, el “flash memory” de su propiedad y borró toda grabación del equipo de la Sala; además que no se puede ingresar al sistema porque procedió al sorteo de la causa sin remitir el expediente; d) El Tribunal a su cargo, desde enero hasta junio se encontraba sin auxiliar que coadyuve en las labores de la Secretaría, y como tampoco contaban con una auxiliar suplente; e) Ante el incumplimiento de la Secretaria, su autoridad tuvo que recabar otros registros y algunas grabaciones incompletas para poder elaborar el acta, la misma que está a punto de concluir, pese al excesivo trabajo, a sus problemas de salud y a otro juicio oral que viene desarrollándose en esa instancia; f) No obstante lo señalado, dispuso la remisión de obrados al Tribunal de alzada, mediante decreto de 20 de junio de 2012; es decir, dentro de los plazos legales; g) El contenido de la presente demanda de amparo, se refiere más a una querella por delitos penales, que no puede dilucidarse ni ventilarse en la vía constitucional, porque se encuentra reservada para conocimiento y sustanciación ante los jueces y tribunales ordinarios en materia penal; y, h) No existió descuido por su parte, al contrario, puso el mayor empeño en tratar de conseguir los registros. Por lo mencionado, solicita la denegatoria de la acción.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- conceda
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Aplicación de los principios constitucionales en la función de impartir justicia
- III.2. Trámite de la apelación restringida en materia penal
- III.3. Legitimación pasiva de los funcionarios subalternos
- III.4. Sobre el derecho de petición
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR