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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0494/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0494/2013

    Fecha: 12-Abr-2013

    II.4.

    II.4.  El 4 de diciembre de 2012, el accionante mediante memorial solicitó al demandado, posesión al cargo de Encargado de RR.HH. del Tribunal Departamental de Justicia de Beni y por decreto de la fecha mencionada, se dispone que dicho memorial sea remitido al Pleno del Consejo de la Magistratura (fs. 27 a 28).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • concede en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2. De la acción de amparo constitucional
    • obtención de respuesta formal y pronta.
    • dentro de plazos previstos en las normas aplicables o, a falta de estas, en términos breves, razonables
    • Fragmento 14
    • cuando la autoridad judicial, administrativa o funcionario público, no responde de manera fundamentada en el plazo que fija la ley o en un tiempo razonable, ya sea en sentido positivo o negativo,
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

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