SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0503/2013
Fecha: 17-Abr-2013
a)
Mario Ballivian Romay, Fiscal de Materia, en audiencia señaló lo siguiente: a) Por memorial de 26 de noviembre de 2012, el ahora accionante solicitó la postergación de su declaración informativa con el argumento de que no podía celebrar la misma hasta que el órgano jurisdiccional resuelva la conexitud de causas que fue promovido por su parte; b) El 11 de enero de 2013, el accionante no asistió a su declaración informativa; sin embargo, se apersonó su abogada manifestando que el mismo se encontraría delicado de salud y ausente de Santa Cruz de la Sierra, motivo por el cual, se le otorgó el plazo de veinticuatro horas para que justifique aquella inasistencia, fijándose nueva audiencia para el 16 del mismo mes y año, por otro lado, señaló que antes de recepcionarse la declaración informativa se debe resolver el memorial de 26 de noviembre de 2012; y, c) De todo lo señalado se colige que la investigación se encuentra en etapa preliminar en busca de indicios sobre la existencia del hecho y la presunta participación del accionante en los delitos denunciados, que será plasmado en la resolución pertinente.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concede
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- suma qamaña
- III.1.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.1.3. De la acción de libertad
- III.2. Sobre la activación de dos jurisdicciones en forma simultánea
- no puede activar dos jurisdicciones en forma simultánea para efectuar sus reclamos, no siendo admisible dicha situación que de ocurrir inviabiliza la acción tutelar,
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR