SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0503/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0503/2013

Fecha: 17-Abr-2013

III.2. Sobre la activación de dos jurisdicciones en forma simultánea

         Conforme ha determinado la jurisprudencia constitucional, no es posible activar simultáneamente dos jurisdicciones, para que ambas al mismo tiempo se pronuncien sobre denuncias a hechos que consideran que vulneraron  derechos y garantías, pues, esto conllevaría una distorsión procesal contraria al orden legal; dando lugar a la existencia de dos resoluciones simultáneas tanto de la justicia ordinaria como de la justicia constitucional.