Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0507/2013
Fecha: 18-Abr-2013
II.6.
II.6. El 12 de marzo de 2012, la Autoridad Regional de Impugnación Tributaria, dentro del recurso de alzada interpuesto por el accionante contra el Auto Administrativo 1662/2011, por Resolución 0213/2012 de 12 de marzo, resolvió mantener subsistente y firme la notificación efectuada en Secretaría el 5 de octubre de 2009 con la Resolución Sancionatoria 114/2009, por consiguiente el Auto Administrativo 1662/2011 (fs. 178 a 184 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- la instancia administrativa concluye con la resolución del recurso jerárquico
- al haber la parte demandada presentado el contencioso administrativo, activó la jurisdicción ordinaria, estando pendiente de resolución al momento de la interposición de esta acción tutelar, situación que imposibilita al Tribunal Constitucional Plurinacional se pronuncie en el fondo
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5. Otras consideraciones
- REVOCAR