Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0522/2013
Fecha: 19-Abr-2013
II.2.
II.2. El Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Beni, por sentencia 249/2010 de 14 de diciembre, declaró probada la demanda, otorgando a los “demandantes” el derecho de propiedad del inmueble urbano ubicado en el “loteamiento pardo”, lote 3, manzana “D”, distrito 34, sobre la calle Sicuana; fallo que fue ejecutoriado mediante Auto 242/2011 de 3 de junio (fs. 181 a 184 y 197 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- deniega
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.8.
- el objeto
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2. Principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2º