SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0524/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0524/2013

Fecha: 19-Abr-2013

III.5. Otras consideraciones

Cabe recordar a los Jueces Tercero y Cuarto de Instrucción en lo Penal, que el control jurisdiccional sobre la investigación que les asigna la norma procesal penal, implica no sólo resguardar que la investigación se desarrolle conforme a procedimiento, sino también que en la misma se respeten los derechos fundamentales y garantías constitucionales del imputado, procesado y víctima. Para cuyo efecto, pueden incluso actuar de oficio, cuando adviertan incumplimiento a órdenes judiciales de parte del órgano de investigación o la Policía Boliviana y que deriven en lesión a derechos de alguna de las partes.

Finalmente, según se describe en la Conclusión II.4 de esta Resolución, se solicitó al Gobernador del Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola”, informe y la remisión de documentación complementaria; empero, pese a habérsele conminado, hasta la fecha de reanudación de plazo, no se tuvo respuesta alguna, lo que amerita se remita antecedentes al Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana para los efectos pertinentes y al Ministerio