Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0296/2013-L
Fecha: 06-May-2013
II.1.
II.1. De fs. 2 a 3 vta., cursa memorial de apelación interpuesto por el accionante contra el Auto Interlocutorio de 25 de mayo de 2011, dentro del proceso penal por el presunto delito de robo agravado, hurto y “otros”, argumentando que habiendo sido observada la representación legal de la Aduana Nacional de Bolivia (ANB); sin embargo, paradójicamente mediante Auto Interlocutorio de 29 del mismo mes y año, se señaló que está clara la representación legal; dicho recurso mereció decreto de 13 de junio de 2011, disponiendo la remisión de antecedentes ante la Sala Penal y Administrativa.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 12
- III.2. La acción de amparo constitucional ante la teoría del hecho superado
- que cuando desaparece el objeto del recurso, por haberse superado el hecho reclamado, el recurso debe ser denegado
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR