SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0296/2013-L
Fecha: 06-May-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de su derecho al debido proceso y a la “seguridad jurídica”, en razón a que dentro del proceso penal iniciado por la ANB en su contra por el supuesto delito de robo agravado, hurto y “otros”, interpuso objeción a la querella; sin embargo, esta fue admitida por la autoridad demandada, mediante Auto Interlocutorio de 29 de mayo de 2011, disponiéndose mediante decreto de 13 de junio de ese año la remisión de antecedentes a la Sala Penal y Administrativa; y, habiendo presentado recurso de reposición por escrito de 23 de junio de 2011, la misma fue rechazada a través de la providencia de 27 de junio de ese año, indicando que se resolvería una vez devuelto los actuados por el Tribunal ad quem.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 12
- III.2. La acción de amparo constitucional ante la teoría del hecho superado
- que cuando desaparece el objeto del recurso, por haberse superado el hecho reclamado, el recurso debe ser denegado
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR