Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0365/2013-L
Fecha: 23-May-2013
a)
Solicita se conceda la tutela y se disponga: a) Se ordene la desocupación inmediata del lote avasallado por parte de los “recurridos”, en caso necesario con intervención de la fuerza pública; y, b) El resarcimiento de daños y perjuicios y se oficie al Comando Departamental de la Policía a objeto que se haga respetar la propiedad privada y la seguridad jurídica.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.5.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la naturaleza jurídica de la acción de
- III.2. Flexibilización del principio de subsidiariedad sobre medidas de hecho
- las vías de hecho, constituyen una excepción a la aplicación del principio de subsidiariedad, por tanto, el control tutelar de constitucionalidad puede ser activado frente a estas circunstancias sin necesidad de agotar previamente otros mecanismos ordinarios de defensa
- III.3. Carga de la prueba es del peticionante de tutela en medidas de hecho.
- Fragmento 13
- III.4.1. El derecho a la propiedad
- III.4.2. La seguridad jurídica
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- excepción al principio de subsidiariedad en la acción de amparo
- III.5.3. En cuanto a la seguridad jurídica
- CONFIRMAR