SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0365/2013-L
Fecha: 23-May-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
La accionante refiere que es propietaria de un lote de terreno ubicado en el barrio “El Paraíso” número 6, manzana 217, distrito 05, inscrito en Derechos Reales (DD.RR.) “con anotación preventiva a fs. 16, partida Nº 16 de 5 de julio de 1999” (sic) y que dicha compra fue actualizada, mediante Testimonio de 25 de abril de 2011 de la capital y provincia Nicolás Suarez. Que tiene el pago de impuestos al día y que realizó el mantenimiento y mejoras en el terreno así como plantaciones de árboles frutales; sin embargo, el 20 de mayo de 2011, cuando fue a realizar la limpieza del mismo se encontró que se había construido una casa de madera y en su interior viviendo la familia de Ángel Méndez Herrera, quien indicó que sólo estaba cuidando la casa de Irineo Ayllón Martínez, quien les habría proporcionado para que cuiden y que no tenía nada que ver con sus problemas, que de un modo violento les pidió que se retiren. Como consta de las fotografías y de la verificación que hizo el policía de turno.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.5.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la naturaleza jurídica de la acción de
- III.2. Flexibilización del principio de subsidiariedad sobre medidas de hecho
- las vías de hecho, constituyen una excepción a la aplicación del principio de subsidiariedad, por tanto, el control tutelar de constitucionalidad puede ser activado frente a estas circunstancias sin necesidad de agotar previamente otros mecanismos ordinarios de defensa
- III.3. Carga de la prueba es del peticionante de tutela en medidas de hecho.
- Fragmento 13
- III.4.1. El derecho a la propiedad
- III.4.2. La seguridad jurídica
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- excepción al principio de subsidiariedad en la acción de amparo
- III.5.3. En cuanto a la seguridad jurídica
- CONFIRMAR