SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0365/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0365/2013-L

Fecha: 23-May-2013

Fragmento 17

               Tomando en cuenta la jurisprudencia invocada en los Fundamentos Jurídicos III.2 y III.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se tiene que la accionante no demostró la existencia de actos o medidas asumidas sin causa jurídica; es decir, que el demandado hubiera ingresado al lote en cuestión en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales establecidos para la definición de hechos o derechos, dicho de otro modo que su ingreso configure vías de hecho, por el contrario refiere que cuando fue al mismo, encontró al demandado y su familia viviendo en una casa de madera, quien les indicó que -estaba cuidando la casa de Irineo Ayllón, que les habría proporcionado para que la cuiden-, no se demuestra de qué modo hubieran ingresado al lote, por consiguiente, no se evidencia necesidad de la tutela inmediata de la acción de amparo constitucional. Como refiere la jurisprudencia citada en los Fundamentos Jurídicos III. 2 y III.3 de ésta Sentencia Constitucional Plurinacional, la accionante tenía la carga probatoria de demostrar la existencia de vías de hecho, al no haber justificado ese extremo, no se activa la excepción al principio de subsidiariedad para hacer viable la tutela inmediata que brinda la acción de amparo por vías de hecho, por el contrario, la accionante puede acudir a la vía ordinaria que mejor convenga a sus intereses para hacer valer sus derechos.