SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0506/2013
Fecha: 09-May-2013
1)
Néstor Enríquez Quiroga, Juez Quinto de Sentencia Penal, Sustancias Controladas y Liquidador, en audiencia manifestó que: 1) Se interpuso recurso de revisión extraordinaria del fallo pronunciada contra el accionante; 2) Los mandamientos de condena no caducan; 3) Los representantes del accionante presentaron la figura de inejecutabilidad del mandamiento de condena; 4) El accionante pudo pedir como medidas precautorias en su acción de amparo constitucional o en la revisión extraordinaria de sentencia, se deje en suspenso el mandamiento de condena; 5) No puede dejarse en suspenso la ejecución del mandamiento de condena, porque se encuentra ejecutoriada la resolución; 6) Sólo se está conociendo la ejecución de la misma, no se vulneró derecho alguno; 7) No existiendo proveído que disponga se deje sin efecto la ejecución del mandamiento de condena, no es posible suspender la ejecución del referido; y, 8) El accionante fue detenido como consecuencia de otro proceso penal iniciado en su contra por el delito legitimación de ganancias ilícitas. Por todo ello, solicitó se deniegue la tutela solicitada al no haberse verificado la lesión de derecho alguno.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- objeto de la acción de libertad
- finalidad de la acción de libertad
- III.3. En cuanto a la suspensión del mandamiento de condena argumentando que existiría una acción de amparo constitucional formulada por el accionante
- con relación a la supuesta ilegalidad en la que la misma autoridad judicial, hubiese incurrido al no dar curso a la solicitud de suspensión
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR