SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0506/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0506/2013

Fecha: 09-May-2013

objeto de la acción de libertad

En cuanto al objeto de la acción de libertad, el Código Procesal Constitucional, en su Título II (Acciones de Defensa), Capítulo Segundo (De la acción de libertad), en su art. 46, establece como objeto de esta acción tutelar el “…garantizar, proteger o tutelar los derechos a la vida, integridad física, libertad personal y libertad de circulación, de toda persona que crea estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro”. Así entonces de la lectura del artículo mencionado no existe la menor duda como señala la propia norma que el objeto de la acción de libertad es brindar tutela buscando la protección y restitución del derecho a la vida, libertad personal o de locomoción y al procesamiento indebido cuando el mismo suponga la restricción de la libertad personal.

Desde otra perspectiva, para la consideración y resolución de la acción de libertad, debe tenerse en cuenta que los ámbitos de protección se diferencian por el derecho que protegen: 1) derecho a la vida; 2) derecho de locomoción, en tanto esté amenazado el derecho a la libertad personal; 3) derecho al debido proceso, en cuanto esté restringido el derecho a la libertad personal y 4) derecho a la libertad personal, por haberse privado al margen de la Constitución Política del Estado y la ley” (SCP 0798/2012 de 20 de agosto).