SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0506/2013
Fecha: 09-May-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 21 de abril de 2000, se inició proceso penal en su contra por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, pronunciándose al efecto sentencia condenatoria en su contra, la cual fue confirmada en apelación, razón por la que interpuso recurso de nulidad y casación ante la Corte Suprema -hoy Tribunal Supremo- de Justicia por violaciones de fondo y forma.
Tales aspectos dio a conocer al Juzgado Quinto de Sentencia Penal, y Sustancias Controladas, buscando la no ejecución del mandamiento de condena librado el 19 de octubre de 2012. Sin embargo, pese a estar pendiente de resolución dicho “recurso”, el Juez codemandado remitió el mandamiento de condena para su aprehensión y conducción a la cárcel pública del Abra de Cochabamba.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- objeto de la acción de libertad
- finalidad de la acción de libertad
- III.3. En cuanto a la suspensión del mandamiento de condena argumentando que existiría una acción de amparo constitucional formulada por el accionante
- con relación a la supuesta ilegalidad en la que la misma autoridad judicial, hubiese incurrido al no dar curso a la solicitud de suspensión
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR