SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0506/2013
Fecha: 09-May-2013
denegando
La Jueza Primera de Sentencia Penal y Liquidador de Sacaba del departamento de Cochabamba, constituido en Jueza de garantías, pronunció la Resolución de 11 de enero de 2013, cursante de fs. 45 a 47 vta., denegando la tutela solicitada, argumentando que: i) Respecto al procesamiento indebido se ingresará a su análisis siempre y cuando los actos y omisiones que fueren denunciados operen como causa para la amenaza, restricción o supresión de los derechos a la libertad, no pudiendo solicitarse la tutela de otros derechos que deben ser tutelados mediante otras acciones; ii) De ello se tiene que el accionante contra el fallo condenatorio interpuso recurso de apelación y posteriormente recurso de nulidad, lo que quiere decir que no existe procesamiento indebido en razón a que el accionante en ningún momento se encontró en estado de indefensión, ni tuvo conocimiento reciente sobre el proceso penal, sino que ejerció durante todo el proceso amplia defensa técnica, llegando a agotar todos los medios legales de defensa a su alcance; iii) El mandamiento de condena fue expedido el 19 de octubre de 2012, es decir con anterioridad a la interposición de la acción de amparo constitucional; v) El accionante en todo caso debió dirigirse ante el Tribunal de garantías conoce la acción de amparo constitucional pidiendo que como medida precautoria se disponga la no ejecución del mandamiento de condena y no perseguir dicha pretensión mediante la presente acción de libertad, debido a que las autoridades demandadas de ninguna manera pueden disponer la libertad del accionante ni la suspensión del mandamiento de condena.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- objeto de la acción de libertad
- finalidad de la acción de libertad
- III.3. En cuanto a la suspensión del mandamiento de condena argumentando que existiría una acción de amparo constitucional formulada por el accionante
- con relación a la supuesta ilegalidad en la que la misma autoridad judicial, hubiese incurrido al no dar curso a la solicitud de suspensión
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR