SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0506/2013
Fecha: 09-May-2013
a)
Los abogados del accionante ratificaron y ampliaron los términos de la demanda señalando que: a) Los jueces ahora demandados dispusieron la ejecución del mandamiento de condena en su contra, a pesar que se habría puesto en su conocimiento mediante varios memoriales que mientras el fallo no adquiera la calidad de cosa juzgada de ninguna manera se debió expedir un mandamiento de condena, aprovechando que el accionante se encontraba detenido por otro proceso, el Gobernador del penal fue notificado por un funcionario de la Fiscalía para la ejecución del mandamiento de condena; b) Los demandados no podían ejecutar un mandamiento de condena estando pendiente una acción de amparo constitucional; y, c) Se estaría lesionando el derecho al trabajo del accionante pues todos sus bienes se encuentran incautados, por lo que solicita se deje en suspenso el mandamiento de condena.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- objeto de la acción de libertad
- finalidad de la acción de libertad
- III.3. En cuanto a la suspensión del mandamiento de condena argumentando que existiría una acción de amparo constitucional formulada por el accionante
- con relación a la supuesta ilegalidad en la que la misma autoridad judicial, hubiese incurrido al no dar curso a la solicitud de suspensión
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR