SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0530/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0530/2013

Fecha: 08-May-2013

I.2.3. Informe del tercero interesado

Cleto Fernández Rengifo, Administrador de la Aduana Interior de Potosí, presentó informe, cursante de fs. 89 a 90 vta., en el que refiere, que la seguridad jurídica no puede ser tutelada mediante la acción de amparo constitucional, toda vez que el art. 178 de la CPE, establece que la misma constituye uno de los principios en los que sustenta la potestad de impartir justicia.