Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0560/2013
Fecha: 20-May-2013
acción de inconstitucionalidad concreta
En la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Iris Justiniano ante el Pleno del Consejo de la Magistratura, demandando la inconstitucionalidad del art. 392 del Código de Procedimiento Penal (CPP), modificado por la Ley 007 de 18 de mayo de 2010, por ser presuntamente contrario a las normas de los arts. 46.I.2, 116.I y 117.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1. Contenido de la acción
- I.1.1. Relación sintética de la acción
- revocando
- a)
- III.1. Naturaleza de la acción de inconstitucionalidad concreta
- Artículo 133.
- III.2. La cosa juzgada constitucional
- II.
- III.3. Análisis del caso concreto
- “…debe concluirse que el art. 392 del CPP, en el supuesto fáctico-normativo que establece la suspensión del ejercicio de funciones judiciales por la existencia de una imputación formal y el art. 183.I.4, en el supuesto en el cual establece la atribución del Consejo de la Magistratura para la suspensión del ejercicio de funciones a vocales, juezas y jueces, y personal de apoyo de las jurisdicciones ordinaria, agroambiental y especializadas, sobre quienes pese imputación formal, es contraria al bloque de constitucionalidad imperante, el cual reconoce y asegura la vigencia de la garantía del estado de inocencia”
- IMPROCEDENTE