Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0569/2013
Fecha: 21-May-2013
pronta,
De lo que se infiere, el Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, transparente y sin dilaciones, tanto en la tramitación como en la resolución de las causas, ya que las personas que intervienen en el proceso esperan una definición oportuna de su situación jurídica en la administración de justicia, máxime si está comprometido un derecho fundamental de primer orden como es el de la libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- suma qamaña
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- celeridad
- Fragmento 19
- pronta,
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2º CONCEDER